De acuerdo con la Resolución N° 38.477 de la Superintendencia de Seguros de la Nación, el fraude es la acción u omisión perpetrada en el marco de una relación de seguros, para recabar una ventaja o beneficio indebido, para provecho propio o de un tercero.
Se trata, entonces, de un engaño a una compañía de seguros para obtener un beneficio económico ilegalmente. Puede detectarse en la contratación de una cobertura, durante su vigencia o renovación y al momento del siniestro. El fraude es un delito penado legal, ética y socialmente, por cuanto causa daños a toda la comunidad. En materia de seguros, su impacto incide en los costos de las pólizas, perjudicando a los asegurados. Por eso, es importante que todos seamos parte de la lucha contra esta forma de comportamiento ilegal.
Guía de recomendaciones:
- Nunca deben firmar en blanco formularios de reclamos o denuncias de siniestros.
- Nunca deben aceptar dinero, o suscribir documentos o acordar apoderamientos cuyos alcances y efectos no comprendan, como tampoco reconocer hechos que no han sucedido, ni aceptar la asistencia letrada proporcionada por terceros desconocidos.
- No deben modificar el estado de las cosas dañadas por el siniestro (con excepción de la obligación de salvamento en orden a que en la medida de sus posibilidades debe evitar o disminuir el agravamiento del daño), como tampoco exagerar fraudulentamente los daños; emplear pruebas falsas; o proporcionar información complementaria falsa.
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Datos del responsable antifraude:
Maricel Sangoi - Oficial de Prevención de Fraude.
Patricia Manolitsis - Suplente - Oficial de Prevención de Fraude.
prevenciondelfraude@qualiaseguros.com
(011) – 4370 2900